Propietario del suelo de mala fe: ¿qué derechos tiene el invasor que construyó de buena fe en terreno ajeno?
Descripción
Artículo 942° del Código Civil Peruano
Mala fe del propietario del suelo
Si el propietario del suelo obra de mala fe¹, la opción² de que trata el Artículo 941º corresponde al invasor de buena fe³, quien en tal caso puede exigir que se le pague el valor actual de la edificación⁴ o pagar el valor comercial actual del terreno⁵.
Notas de pie
¹ Mala fe del propietario del suelo
Se presenta cuando el dueño del terreno conoce la construcción realizada por otra persona y actúa de manera desleal o tolera la edificación para luego intentar beneficiarse de ella.
² La opción
Es el derecho de elegir entre dos alternativas jurídicas. Normalmente esta facultad corresponde al propietario del terreno (artículo 941), pero cuando este actúa de mala fe, la ley traslada ese derecho al invasor de buena fe.
³ Invasor de buena fe
Es quien construye creyendo razonablemente que tiene derecho a hacerlo, sin intención de perjudicar al verdadero propietario y sin conocer el defecto de su derecho.
⁴ Exigir el pago del valor actual de la edificación
El invasor puede obligar al propietario del terreno a quedarse con la construcción y pagarle el valor que esta tenga al momento de la reclamación.
⁵ Pagar el valor comercial actual del terreno
El invasor también puede optar por adquirir el terreno ocupado, pagando su valor comercial vigente, convirtiéndose así en propietario tanto del suelo como de la construcción.
Ejemplo práctico
María construye una vivienda en un terreno que cree legítimamente suyo porque recibió información errónea sobre los linderos. Pedro, verdadero propietario, sabe desde el inicio que la construcción invade su terreno, pero guarda silencio esperando apropiarse de la casa terminada.
Al demostrarse que:
María actuó de buena fe.
Pedro actuó de mala fe.
La ley concede a María la facultad de elegir entre:
Exigir que Pedro le pague el valor actual de la vivienda construida, o
Comprar el terreno a Pedro pagando su valor comercial actual.
En este supuesto, la protección legal favorece al constructor de buena fe y sanciona la conducta desleal del propietario del suelo.