Hallazgo de objetos perdidos: ¿qué ocurre si una persona encuentra un objeto perdido según el artículo 932 del Código Civil?
Ubicación de disponibilidad
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Artículo 932.- Hallazgo de objetos perdidos
Quien halle un objeto perdido está obligado a entregarlo a la autoridad municipal, la cual comunicará el hallazgo mediante anuncio público. Si transcurren tres meses y nadie lo reclama, se venderá en pública subasta y el producto se distribuirá por mitades entre la Municipalidad y quien lo encontró, previa deducción de los gastos.
Ejemplo práctico
Carlos encuentra una computadora portátil abandonada en un parque. En lugar de quedársela, la entrega a la municipalidad correspondiente.
La municipalidad publica avisos informando el hallazgo.
Durante tres meses nadie acredita ser propietario.
La computadora se subasta por S/ 2,000.
Los gastos de publicación y subasta ascienden a S/ 200.
Quedan S/ 1,800 netos.
Carlos recibe S/ 900 y la municipalidad recibe S/ 900.
De esta manera, Carlos actúa conforme al artículo 932 y adquiere legítimamente el derecho a recibir la mitad del producto de la venta.