Propiedad predial: ¿hasta dónde se extiende el derecho de propiedad sobre el subsuelo y sobresuelo del predio?
Ubicación de disponibilidad
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Artículo 954.- Extensión del derecho de propiedad
La propiedad del predio se extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro superficial y hasta donde sea útil al propietario el ejercicio de su derecho.
La propiedad del subsuelo no comprende los recursos naturales, los yacimientos y restos arqueológicos, ni otros bienes regidos por leyes especiales.
Ejemplo práctico
María es propietaria de un terreno urbano. Puede construir sótanos, cimentaciones y edificaciones dentro de los límites permitidos por la ley, porque su propiedad se extiende al subsuelo y sobresuelo de su predio.
Sin embargo, durante una excavación descubre restos arqueológicos prehispánicos. Aunque el hallazgo se encuentre dentro de su terreno, no adquiere la propiedad de dichos restos, ya que forman parte del patrimonio cultural y están sujetos a una regulación especial. Asimismo, si en el subsuelo existiera un yacimiento minero, este tampoco le pertenecería automáticamente por ser dueña de la superficie.