Interrupción del término prescriptorio: ¿cuándo se interrumpe la prescripción adquisitiva según el artículo 953 del Código Civil?
Ubicación de disponibilidad
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Artículo 953 del Código Civil
Interrupción de término prescriptorio
Artículo 953º.- Se interrumpe el término de la prescripción si el poseedor pierde la posesión o es privado de ella, pero cesa ese efecto si la recupera antes de un año o si por sentencia se le restituye.
Relación con la prescripción adquisitiva
Para adquirir un bien por prescripción, la posesión debe ser continua, pacífica y pública como propietario. En el caso de bienes muebles, se requieren dos años con buena fe o cuatro años sin buena fe.
El artículo 953 protege la continuidad de la posesión cuando la pérdida del bien es temporal y se recupera oportunamente.
Ejemplo práctico
Carlos posee un terreno de manera continua desde hace 8 años. Un tercero lo desaloja ilegalmente y ocupa el predio durante 8 meses. Posteriormente, Carlos recupera la posesión.
Como la recuperación ocurrió antes de un año, la interrupción queda sin efecto.
Los 8 años anteriores siguen computándose para la prescripción adquisitiva.
Carlos no necesita empezar nuevamente el conteo desde cero.