Pasajes de circulación: ¿cuáles son los requisitos mínimos de ancho y recorrido según el RNE?
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Lectura
Descripción
Los pasajes para el tránsito de personas deben cumplir con las siguientes características:
a) Deben tener un ancho libre mínimo calculado en función del número de ocupantes a los que sirven.
b) Sin perjuicio del cálculo de evacuación, la distancia mínima entre los muros que conforman el ancho de pasajes y circulaciones horizontales interiores es la siguiente:
Interior de viviendas: 0.90 m.
Pasajes que sirven de acceso hasta a dos viviendas: 1.00 m.
Pasajes que sirven de acceso hasta a cuatro viviendas: 1.20 m.
Áreas de trabajo interiores en oficinas: 0.90 m.
Pasajes de servicio (que sirven de acceso a depósitos, cuartos técnicos, servicios higiénicos, ambientes auxiliares, entre otros, que permitan el normal desplazamiento del equipo previsto para mantenimiento, reparación o recambio de equipos): 0.90 m.
Establecimientos de hospedaje: 1.20 m.
Locales comerciales, entre góndolas o anaqueles de consumo cotidiano, y para productos especializados cuando las dimensiones del producto lo permitan: 1.20 m.
Locales de salud: 1.80 m.
Locales educativos: 1.20 m.
Los pasajes que formen parte de una vía de evacuación deben carecer de obstáculos en el ancho requerido, salvo que se trate de elementos de seguridad o cajas de paso de instalaciones ubicadas en las paredes, siempre que no reduzcan en más de 0.15 m el ancho requerido.
c) Para efectos de evacuación, la distancia de recorrido del evacuante (medida de manera horizontal y vertical) desde el espacio más alejado sujeto a ocupación hasta el lugar seguro es como máximo de:
45.00 m, sin rociadores.
60.00 m, con rociadores.
Estas distancias pueden precisarse en las normas específicas.
Ejemplo práctico
En un edificio de oficinas, el pasaje entre estaciones de trabajo debe tener como mínimo 0.90 m de ancho. Si ese pasaje forma parte de la ruta de evacuación, no puede tener muebles, archivadores u otros elementos que reduzcan el ancho permitido en más de 0.15 m. Además, la distancia desde el puesto de trabajo más alejado hasta una escalera protegida no debe superar 45.00 m si el edificio no cuenta con rociadores, o 60.00 m si sí dispone de ellos.