Alturas de ambientes: ¿cuáles son las alturas mínimas permitidas para los ambientes de una edificación?
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Lectura
Descripción
18.1 Alturas mínimas de los ambientes
Los ambientes con techos horizontales deben tener una altura mínima de piso terminado a cielo raso de:
2.30 m para vivienda.
2.40 m para oficinas y hospedaje.
2.50 m para educación y servicios comunales.
2.70 m para salud.
3.00 m para comercio, recreación y deportes, comunicación y transporte en los ambientes de espera.
Hasta el punto más bajo de la estructura en industria¹.
En ambientes con techos inclinados, las partes más bajas pueden tener una altura menor, siempre que dicha solución esté debidamente sustentada.
18.2 Excepciones para determinados ambientes
Los baños al interior de las viviendas pueden tener espacios con una altura libre menor a la indicada anteriormente, siempre que permitan desarrollar adecuadamente su función.
Los ambientes destinados a equipos, instalaciones mecánicas y depósitos pueden tener una altura mínima de 2.00 m, siempre que permitan el ingreso y permanencia de personas de pie para realizar labores de instalación, reparación o mantenimiento.
18.3 Elementos estructurales
Las vigas u otros elementos estructurales horizontales deben mantener una altura libre no menor de 2.10 m, medida sobre el piso terminado, salvo que formen parte de divisiones o cerramientos del ambiente y permitan el desarrollo normal de la(s) actividad(es) que alberga(n).⁵
Ejemplo práctico
En un edificio de uso mixto:
Los departamentos deben tener una altura mínima de 2.30 m.
Las oficinas deben proyectarse con 2.40 m de altura mínima.
Un consultorio médico debe contar con 2.70 m.
Un local comercial debe tener como mínimo 3.00 m.
El cuarto de máquinas puede tener 2.00 m de altura si permite que el personal ingrese de pie para realizar mantenimiento.
Si una viga atraviesa un pasillo, debajo de ella debe mantenerse una altura libre mínima de 2.10 m, salvo que forme parte de un cerramiento que no afecte el desarrollo normal de la actividad.