Coposesión: ¿qué establece el artículo 899 del Código Civil peruano sobre la coposesión?
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Artículo 899.- Coposesión
Existe coposesión¹ cuando dos o más personas poseen un mismo bien conjuntamente.
Cada poseedor puede ejercer sobre el bien actos posesorios², con tal que no signifiquen la exclusión de los demás³.
Notas de pie
¹ Coposesión:
Es la situación jurídica en la que varias personas ejercen simultáneamente la posesión sobre un mismo bien. Ninguno posee con exclusividad frente a los demás.
² Actos posesorios:
Son los actos materiales propios de quien posee un bien, como usarlo, conservarlo, administrarlo o aprovecharlo conforme a su naturaleza.
³ No significar la exclusión de los demás:
Cada coposeedor debe respetar el derecho de posesión de los otros. No puede realizar actos que les impidan ejercer su posesión, como apropiarse exclusivamente del bien o impedirles el acceso o uso que les corresponde.
Ejemplo práctico
Ana, Bruno y Carlos poseen conjuntamente un terreno heredado que aún no ha sido dividido.
Ana puede ingresar al terreno para inspeccionarlo.
Bruno puede realizar labores de limpieza.
Carlos puede cuidar el predio.
Sin embargo, ninguno puede cercar el terreno y prohibir el ingreso de los otros, porque ello implicaría excluir a los demás coposeedores, lo cual está prohibido por el artículo 899 del Código Civil.