Artículo10
Separación entre edificaciones: ¿cuándo es obligatoria la distancia entre una edificación y otra según el RNE?
Ubicación de disponibilidad
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Toda edificación debe guardar una distancia con otra edificación en los siguientes casos:
a) Entre las edificaciones colindantes, ya sea en un predio o en dos o más predios también colindantes, por razones de seguridad sísmica o contra incendios¹, sujeta a la compatibilidad del proyecto con las respectivas especialidades.
b) Entre las edificaciones separadas por condiciones de iluminación y ventilación naturales, en uno o dos predios, la separación se establece en las normas específicas del RNE². El cumplimiento de esta separación permite dar solución al registro visual³ sin exigir requerimientos adicionales.
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