Artículo20
Rampas para personas: ¿cuáles son los requisitos mínimos de diseño según el Reglamento Nacional de Edificaciones?
Ubicación de disponibilidad
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Las rampas para personas deben tener las siguientes características:
a) Un ancho mínimo de 1.00 m, incluyendo pasamanos, entre los paramentos que la limitan. En ausencia de paramento, se considera la sección.
b) La pendiente máxima es de 12%, de no regularse en las normas específicas.%%¹%%
c) Barandas según el ancho, siguiendo los mismos criterios que se emplea para una escalera.%%²%%
Más en CAPÍTULO IV RELACIÓN ENTRE AMBIENTES Y CIRCULACIÓN HORIZONTAL
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