Especificación y mezcla: ¿a quién pertenece el objeto elaborado con materia ajena de buena fe según el artículo 937 del Código Civil?
Ubicación de disponibilidad
Proveedor
Fernando Supo Ramos
Teléfono
906763975
Dirección
Asc. Nueva Juventud Mz H Lt. 4
Descripción
Artículo 937.- Adquisición por especificación y mezcla
El objeto que se hace de buena fe con materia ajena pertenece al artífice, pagando el valor de la cosa empleada.
La especie que resulta de la unión o mezcla de otras de diferentes dueños, pertenece a éstos en proporción a sus valores respectivos.
Ejemplo práctico
Juan, creyendo de buena fe que podía utilizar cierta madera, fabrica una mesa con madera que en realidad pertenecía a Pedro.
La mesa pertenece a Juan por haber realizado la transformación de buena fe.
Sin embargo, Juan debe pagar a Pedro el valor de la madera utilizada.
En otro caso, Ana aporta oro valorizado en S/ 8,000 y Carlos aporta plata valorizada en S/ 2,000 para elaborar una pieza artística indivisible.
Ana tendrá una participación del 80%.
Carlos tendrá una participación del 20%.
La propiedad de la pieza resultante se distribuye según el valor aportado por cada uno.